12 Jul Ayudas al alquiler para minimizar el impacto de la COVID19 en Aragón, anualidad 2021
El Gobierno de Aragón ha sacado, en la línea de ayudas para amortizar los efectos económicos en materia de vivienda por motivos de COVID19, para el año 2021. Dichas ayudas van dirigidas a:
- Las personas arrendatarias de vivienda habitual que tengan problemas transitorios para atender el pago del alquiler;
- Las destinadas a los arrendatarios de vivienda habitual que no puedan hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación avaladas por el Instituto de Crédito Oficial, recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Las ayudas convocadas tendrán carácter finalista, y por tanto no podrán aplicarse a otro destino que el pago de la renta del alquiler, o la cancelación, total o parcial, de las ayudas transitorias de financiación reguladas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo
Las personas beneficiarias:
Podrá solicitar y ser beneficiaria de la ayuda objeto de esta Orden la persona física que, en su condición de arrendataria de vivienda habitual, acredite estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida como consecuencia de la COVID-19 durante el periodo a subvencionar o en los tres meses inmediatamente anteriores al mismo.
Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género durante el estado de alarma tendrán prioridad en la adjudicación de las ayudas, dentro del proceso de concesión directa, respecto de todas las solicitudes presentadas completas o, en su caso, completadas, en el mismo día.
Cuantías Subvencionables:
La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes límites:
a) para las ayudas al pago de la renta arrendaticia, se abonará hasta el 100% de la misma, con un máximo de 600 euros mensuales en función de los tramos por localidades que se establecen en el anexo I (tramos de renta máxima por localidades). Se incrementará el límite de la renta máxima mensual de la vivienda objeto de arrendamiento, hasta alcanzar 900 euros en los supuestos de familias numerosas, en las localidades del tramo máximo superior. En el resto de localidades se incrementará la renta máxima para familias numerosas según la proporción que corresponda.
b) En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 5.400 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual, y con el límite máximo del préstamo concedido.
Periodo subvencionable: de enero a junio de 2021
Inicio del plazo para pedir las ayudas: 19 de julio, y finaliza el 6 de agosto. Se habilitará en esas fechas el enlace al tramitador en línea para solicitar las ayudas. Se podrán solicitar de forma telemática a través de https://aplicaciones.aragon.es/safi
O en formato papel con la documentación requerida.
Para más información, enlace:
https://www.aragon.es/-/alquiler-covid-convocatoria-2021
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