Los Albergues Turísticos son establecimientos que ofrecen alojamiento en habitaciones múltiples con o sin otros servicios complementarios, y los Refugios son albergues ubicados en zonas especiales de la Naturaleza.
No se podrán instalar estos establecimientos en municipios cuyo número de habitantes sea superior a 5.000. En el supuesto de que se supere dicho número de habitantes (en el caso de nuestra comarca en Caspe) deberán estar situados fuera del casco urbano. En todo caso, los Albergues Turísticos deben ofrecer la posibilidad de practicar actividades deportivas o en contacto con la naturaleza.