Acampadas - Comarca Bajo Aragón Caspe
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Acampadas

Partimos de la base de que la acampada libre no está permitida dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón. De hecho, según la Ley de Turismo de Aragón, se puede sancionar con multas que van desde 600€ a los 6.000€.

La Comarca es el órgano competente para tramitar la autorización de las Acampadas según se contempla en el DECRETO 61/2006, de 7 de marzo del Gobierno de Aragón. Por existir zonas que gozan de especial protección y están sujetas a otras jurisdicciones, es fundamental realizar la solicitud con suficiente tiempo de antelación para cotejar con las administraciones y organismos correspondientes.

Actualmente hay áreas en las que no se puede solicitar autorización de acampada, por ejemplo, las zonas de Dominio Público Hidraúlico.

ACAMPADAS

Se pueden solicitar las siguientes autorizaciones:

 

  • La solicitud de autorización Acampada Colectiva ha de presentarse con un mes de antelación y ha de contar con la autorización del propietario del terreno e informe del Ayuntamiento correspondiente, que se adjuntaran al impreso de solicitud.
  • Las Acampadas de más de 80 Personas tienen una normativa específica. Se denominan Acampadas de Gran Afluencia y se rigen por la ORDEN de 3 de junio de 2014, además de la normativa general para todas las acampadas.